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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34575 >> Fecha 10/03/2008 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34575 - Articulo 27
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Artículo 27    (No vigente*)
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SECCIÓN VI

SECCIÓN VI

Del ámbito de competencias

Artículo 27.—Ámbito de competencia. La Auditoría Interna cumplirá su función en relación con los fondos públicos sujetos al ámbito de competencia del Ministerio de Salud, incluyendo fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza similar, o sobre fondos y actividades privadas de acuerdo con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en el tanto éstos se originen en transferencias efectuadas por componentes dentro de la competencia del Ministerio de Salud.

Esta función podrá ejercerla directamente o a través de la contratación de firmas externas.

El Auditor General deberá definir y mantener actualizado, en el instrumento correspondiente, el ámbito de acción de la Auditoría, donde se incluyan expresamente los órganos y entes sujetos a su fiscalización.


 

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