Artículo 24
Artículo 24.—Cumplimiento de
normativa jurídica y técnica. Corresponde al Auditor General vigilar y
tomar las decisiones pertinentes para que el personal bajo su cargo cumpla en
el ejercicio de sus competencias, con la normativa jurídica y técnica
pertinente, así como con las políticas, procedimientos prácticas y demás
disposiciones administrativas que les sean aplicables. Los procedimientos
administrativos y mecanismos específicos que el Auditor General implemente para
cumplir con esta función de vigilancia, deberán estar formalmente establecidos
en el Manual Administrativo y Técnico de la Auditoría Interna, que se menciona en el
artículo 17 del presente reglamento.
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