ARTÍCULO 12
ARTÍCULO 12.- Procedimiento concursal
Las concesiones de
frecuencias para la operación y explotación de redes públicas de
telecomunicaciones, serán otorgadas por el Poder Ejecutivo por medio del
procedimiento de concurso público, de conformidad con la Ley de contratación
administrativa y su reglamento. La Sutel instruirá el procedimiento, previa
realización de los estudios necesarios, para determinar la necesidad y
factibilidad del otorgamiento de las concesiones, de conformidad con el Plan
nacional de desarrollo de las telecomunicaciones y las políticas sectoriales.
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