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 Normativa >> Ley 8642 >> Fecha 04/06/2008 >> Articulo 15
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Normativa - Ley 8642 - Articulo 15
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Artículo 15
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ARTÍCULO 15

ARTÍCULO 15.-   Presentación de ofertas

Las ofertas se presentarán ante la Sutel, conforme a los términos establecidos en el cartel.  La presentación de la oferta implica el sometimiento pleno del oferente, tanto al ordenamiento jurídico costarricense como a las reglas generales y particulares del concurso.

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