ARTÍCULO 32
ARTÍCULO 32.- Objetivos del acceso
universal, servicio universal y solidaridad
Los objetivos
fundamentales del régimen de acceso universal, servicio universal y solidaridad
son los siguientes:
a) Promover el acceso
a servicios de telecomunicaciones de calidad, de manera oportuna, eficiente y a
precios asequibles y competitivos, a los habitantes de las zonas del país donde
el costo de las inversiones para la instalación y el mantenimiento de la
infraestructura hace que el suministro de estos servicios no sea
financieramente rentable.
b) Promover el acceso a servicios de
telecomunicaciones de calidad, de manera oportuna, eficiente y a precios
asequibles y competitivos, a los habitantes del país que no tengan recursos
suficientes para acceder a ellos.
c) Dotar de servicios de telecomunicaciones de
calidad, de manera oportuna, eficiente y a precios asequibles y competitivos, a
las instituciones y personas con necesidades sociales especiales, tales como
albergues de menores, adultos mayores, personas con discapacidad, población
indígena, escuelas y colegios públicos, así como centros de salud públicos.
d) Reducir la brecha digital, garantizar mayor
igualdad de oportunidades, así como el disfrute de los beneficios de la
sociedad de la información y el conocimiento por medio del fomento de la
conectividad, el desarrollo de infraestructura y la disponibilidad de
dispositivos de acceso y servicios de banda ancha.
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