Artículo 16
Artículo 16.—Resultado de evaluaciones. Es responsabilidad del
Jerarca y Titulares Subordinados incorporar dentro de su plan de trabajo, las
recomendaciones y acciones correctivas resultantes de las evaluaciones
realizadas por la Administración Activa,
las Auditorías Interna y Externa, la Contraloría General de la República,
las Superintendencias y demás entidades de fiscalización y control.
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