II
II.—Modificar las normas 1.4.3 y 1.4.4 del Manual de
normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público (M-1-2004-CO-DDI), publicado en La Gaceta N° 246 del 16 de diciembre del 2004, para que se lean de la siguiente
forma:
“1.4.3 Evaluaciones externas. El
auditor interno debe realizar las acciones pertinentes para que, al menos una
vez cada cinco años, se ejecuten evaluaciones externas de calidad por un
revisor o equipo de revisión calificado e independiente, proveniente de fuera
de la organización. Lo anterior, sin perjuicio de que se defina una
periodicidad menor, según lo establezca el auditor interno de común acuerdo con
el jerarca institucional.
1.4.4 Informes sobre las evaluaciones
realizadas. Los resultados de las evaluaciones internas y externas deben
constar en un informe y el auditor interno debe preparar el plan de mejora
correspondiente. Ambos documentos deben ser comunicados oportunamente al máximo
jerarca y al personal de la auditoría interna. El auditor interno es
responsable de dar el seguimiento respectivo a la implementación del plan de
mejora.
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