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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34669 >> Fecha 08/07/2008 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34669 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Información que debe tener el reporte de enfermedades de declaración obligatoria:

Artículo 4º—Información que debe tener el reporte de enfermedades de declaración obligatoria:

4.1.     Datos generales:

4.1.1    Fecha del informe

4.1.2    Datos del responsable del informe

4.1.3    Nombre del responsable del informe

4.1.4    Dirección

4.1.5    Número de teléfono

4.1.6    Número de fax

4.1.7    Correo electrónico

4.2.     Ubicación espacial del evento:

4.2.1    Provincia

4.2.2    Cantón

4.2.3    Distrito

4.2.4    Caserío

4.2.5    Dirección detallada

4.2.6    Coordenadas (latitud, longitud)

4.3.     Datos de la enfermedad:

4.3.1    Nombre de la enfermedad

4.3.2    Identificación del agente causal de la enfermedad (incluye cepa, serotipo u otros cuando aplique)

4.4.     Cronología del evento:

4.4.1    Fecha de inicio

4.4.2    Fecha de denuncia

4.4.3    Fecha de atención

4.4.4    Fecha de confirmación

4.5.     Datos del diagnóstico

4.5.1    Pruebas de laboratorio usadas

4.5.2    Nombre del laboratorio que emitió el resultado

4.6.     Población afectada

4.6.1    Especie

4.6.2    Población expuesta

4.6.3    Número de animales enfermos

4.6.4    Número de animales muertos

4.6.5    Número de animales sacrificados

4.6.6    Número de animales destruidos

4.7.     Medidas sanitarias establecidas


 

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