Artículo 18
Artículo 18.—De los contenidos de las
normas de inversión. Las Normas Técnicas, Lineamientos y Procedimientos de
Inversión Pública, contendrán al menos los siguientes aspectos:
a) Los requerimientos que
deberá contener como mínimo el perfil del proyecto;
b) El avance
de cada estudio de preinversión;
c) Normas
generales y normas específicas sobre registro y presentación de proyectos
nuevos;
d) Glosario
de definiciones básicas en materia de inversión pública;
e) Criterios
para asignar nombres a los proyectos y su clasificación;
f)
Disposiciones sobre el proceso de gestión de riesgos de desastres de
conformidad con lo que al respecto dicte la Ley Nacional de Emergencias y
Prevención del Riesgo Nº 8488.
|