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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34694 >> Fecha 01/07/2008 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34694 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º—De las funciones del órgano rector

Artículo 9º—De las funciones del órgano rector. MIDEPLAN tendrá las siguientes funciones en materia de inversión pública:

a)  Orientar la inversión pública de todos los órganos y entes sometidos al SNIP.

b)  Organizar y desarrollar programas permanentes de capacitación para el personal profesional y técnico de las entidades públicas, en la aplicación de las técnicas y herramientas de formulación, evaluación y administración de proyectos de inversión, así como en la aplicación de las normas básicas del SNIP y sus reglamentos y otros aspectos conceptuales y operativos necesarios para sustentar la operación del SNIP.

c)  Emitir las Normas Jurídicas y Técnicas, así como los Procedimientos de Inversión Pública.

d)  Proponer al Presidente de la República el Plan Nacional de Inversión Pública (PNIP).

e)  Poner en operación en forma gradual cada uno de los componentes del SNIP.


 

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