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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34694 >> Fecha 01/07/2008 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34694 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22

Artículo 22.—De los proyectos rechazados. Los proyectos presentados dentro de los plazos previstos en los lineamientos, pero que no alcanzaron su ingreso al SNIP en el proceso de verificación a cargo de la Rectorías, podrán ser reingresados al sistema una vez que la institución formuladora adecue su proyecto de inversión a las normas de inversión.


 

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