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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34704 >> Fecha 31/07/2008 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34704 - Articulo 10
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Artículo 10    (No vigente*)
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Artículo 10

Artículo 10.—Participación en eventos formativos: Los jerarcas de las instituciones del Estado facilitarán la participación de sus funcionarios en los eventos formativos que programe el Equipo Coordinador, para incorporarlos al Programa de Teletrabajo. Entendiendo que la formación previa será requisito para la participación en el programa. De igual forma y dentro de sus posibilidades podrán aportar los insumes que les requiera ese Equipo.


 

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