ARTÍCULO 33
ARTÍCULO 33.- Derechos laborales y situaciones
jurídicas consolidadas
Ratifícanse la vigencia, la plena validez y
la eficacia de los derechos laborales, las situaciones jurídicas consolidadas y
los beneficios socioeconómicos que tienen y han venido recibiendo los
trabajadores del ICE, conforme a su Estatuto de personal; los de Radiográfica
Costarricense Sociedad Anónima (Racsa), de acuerdo con su Reglamento de
trabajo, y los de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), según la
convención colectiva, los que se mantendrán vigentes con la promulgación de
esta Ley.
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