ARTICULO 27
ARTICULO 27.- Tipos abiertos. Facúltase al ICE
para que emplee los tipos abiertos de contratación administrativa que sean
debidamente incorporados a la reglamentación de esta Ley.
(Este numeral había sido derogado por el
artículo 135 inciso c) de la Ley General de Contratación Pública, N° 9986 del
27 de mayo de 2021. Posteriormente mediante resolución de la Sala
Constitucional N° 022483 del 7 de agosto de 2024, se anuló el
numeral 135 inciso c) de la Ley
General de Contratación Pública, N° 9986 del 27 de mayo de 2021, que había
derogado este artículo. Por lo que este numeral recobra su vigencia.)
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