TRANSITORIO II
TRANSITORIO II.-
Sin perjuicio de lo dispuesto en e! artículo
39 de esta Ley, las competencias del Ministerio de Gobernación y Policía y e!
Departamento de Control Nacional de Radio, asignadas en la Ley de radio, N.”
1758, de 19 de junio de 1954, y relacionadas con el control del espectro
radioeléctrico, se traspasan a la Sutel. De igual manera, se trasladan a la
Sutel las funciones asignadas a la Dirección de Servicios de
Telecomunicaciones, de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
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