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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34699 >> Fecha 15/04/2008 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34699 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 34699-MINAE-S

Nº 34699-MINAE-S.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

LOS MINISTROS DE SALUD

Y DE AMBIENTE Y ENERGÍA

 

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 4º, inciso d) y 59 y siguientes de la Ley Nº 7554 de 4 de octubre de 1995 “Ley Orgánica del Ambiente”; 2º, 38, 40 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; y la Ley Nº 8412, de 22 de abril del 2004, “Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines y Ley Orgánica del Colegio de Químicos de Costa Rica.”

 

Considerando:

 

I.—Que mediante Ley 8412 del 22 de abril del 2004, Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines y Ley Orgánica del Colegio de Químicos de Costa Rica, se emite la “Normativa del Colegio de Químicos de Costa Rica”

II.—Que la citada Ley 8412 dispone la obligación de emitir mediante reglamento las regulaciones para los artículos 63, 64, 68, 76, 77, 80, 81, 82, 86, 91, 93, 95 y 107, siguientes y concordantes de dicha norma.

III.—Que los profesionales que constituyen el Colegio de Químicos están relacionados en la ejecución de sus funciones y aplicación de sus conocimientos científicos, con la seguridad e higiene, la protección de la salud, el ambiente y la vida humana, animal en general, con la calidad de vida de los ciudadanos, todo ello en concordancia con la Ley General de Salud, 5395 y sus reformas, así como con la Ley Orgánica del Ambiente, 7554. Por tanto,

 

Decretan:

 

El siguiente,

 

Reglamento al Título II de la Ley Orgánica del Colegio

de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines y Ley

Orgánica del Colegio de Químicos de Costa Rica,

Ley 8412 del 22 de abril de 2004, Normativa

del Colegio de Químicos de Costa Rica

 

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

 

Artículo 1º—Objeto. El presente reglamento establece los procedimientos para la aplicación y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Título II de la Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines y Ley Orgánica del Colegio de Químicos de Costa Rica, Ley 8412 del 22 de abril de 2004, relativo a la Normativa del Colegio de Químicos de Costa Rica.


 

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