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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34699 >> Fecha 15/04/2008 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34699 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25

Artículo 25.—Contrato de Servicios Profesionales. Para toda Regencia Externa deberá mediar un contrato de Servicios Profesionales, que deberá contener como mínimo la siguiente información:

a)  Calidades del profesional.

b)  Calidades del Establecimiento y de su representante legal.

c)  Declaración de conocimiento por ambas partes, del presente Reglamento.

d)  Declaración del tiempo semanal que el profesional dedicará en particular a la gestión de sus obligaciones como Regente y la remuneración que percibirá por el ejercicio de sus funciones.

e)  Descripción resumida del alcance de los servicios contratados, de acuerdo a su ejercicio profesional.


 

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