Artículo 3º
Artículo 3º.- Propósito de la clasificación:
Con el propósito de
regular las actividades humanas que inciden directa o indirectamente en la salud de las personas y el ambiente, el
Ministerio de Salud establece la clasificación de éstas en tres categorías de riesgo, considerando
para ello criterios sanitarios y ambientales, que le permitan ejercer el
control que garantice el cumplimiento de las normas técnicas y jurídicas.
|