Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34728 >> Fecha 28/05/2008 >> Articulo 75
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 75     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 34728 - Articulo 75
Ir al final de los resultados
Artículo 75
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 75º: - Reforma al “Reglamento sobre Higiene Industrial del Ministerio de Salud”

Artículo 75º: - Reforma al “Reglamento sobre Higiene Industrial del Ministerio de Salud”.

 Refórmese el artículo 24 del Decreto Ejecutivo Nº 11492-S de 22 de abril de 1980, y sus reformas “Reglamento sobre Higiene Industrial” para que en lo sucesivo se lea así:

 

“Artículo 24.-Toda persona física o jurídica que desee instalar una industria debe obtener la correspondiente autorización tanto para su instalación como para su posterior funcionamiento, así como para modificar en cualquier forma la actividad original que le fue aprobada.”

 


 

Ir al inicio de los resultados