Artículo
130 quinquies. Sobre la factura comercial por los
servicios prestados. Es
obligación de la empresa de servicios de logística, emitir la factura comercial
por el valor del servicio logístico prestado, cumpliendo con los requisitos e
información establecidos en la normativa tributaria.
(Así
adicionado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41263 del 16 de julio de
2018)
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