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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34739 >> Fecha 29/08/2008 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34739 - Articulo 10
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Artículo 10 -BIS
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            Artículo 10 bis.—Posibilidad de verificar requisitos por medios electrónicos. Todos los requisitos podrán ser verificados por la Administración Pública a través de cualquier medio electrónico. Lo anterior, en garantía del Principio de Coordinación Interinstitucional y en cumplimiento de los artículos 8 y 9 de la Ley Nº 8220 del 4 de marzo de 2002 y los artículos 3, 6, 11 y 16 del Decreto Ejecutivo Nº 32565-MEIC del 28 de abril de 2005, Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos

(Así adicionado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 36725 del  26 de julio de 2011)

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