Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34739 >> Fecha 29/08/2008 >> Articulo 112
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 112     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 34739 - Articulo 112
Ir al final de los resultados
Artículo 112
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
Artículo 112- Donaciones

Artículo 112- Donaciones

 

Adicionalmente a lo dispuesto en el artículo anterior, los beneficiarios, por medio del IMAS, pueden donar materias primas, bienes terminados, bienes semielaborados, desperdicios y 114 bienes de capital a instituciones de beneficencia, centros de educación e instituciones públicas mediante el procedimiento que aquí se establece.


 

Ir al inicio de los resultados