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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34765 >> Fecha 22/09/2008 >> Articulo 16
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34765 - Articulo 16
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Artículo 16
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Artículo 16

Artículo 16.—Soporte de Redes Públicas. Cuando las frecuencias de uso libre sean utilizadas como soporte de redes públicas o constituyan una red pública de telecomunicaciones estarán sometidos en lo que corresponda a la Ley General de Telecomunicaciones.


 

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