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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34765 >> Fecha 22/09/2008 >> Articulo 38
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34765 - Articulo 38
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Artículo 38
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Artículo 38

Artículo 38.—Admisibilidad de la solicitud. La SUTEL dispondrá de tres (3) días hábiles para admitir o rechazar las solicitudes de autorizaciones que se le presenten. En el caso de que se prevenga al gestionante algún requisito, se aplicará lo dispuesto en el artículo 264 de la Ley General de la Administración Pública. Si la prevención es para que subsane algún defecto, se aplicará lo dispuesto en el artículo 287 inciso1 de dicha ley.


 

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