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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34765 >> Fecha 22/09/2008 >> Articulo 134
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34765 - Articulo 134
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Artículo 134
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Artículo 134

Artículo 134.—De la concesión. Para la prestación del servicio de televisión y audio por suscripción deberá obtenerse la concesión del caso conforme lo establece el artículo 12 de la Ley 8642 Ley General de Telecomunicaciones otorgada por el Poder Ejecutivo y previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

 

1.  Nombre y calidad del solicitante de la concesión. Si se tratare de personas físicas deberá indicar el número de cédula de identidad o cédula de residencia. En caso de personas jurídicas el solicitante deberá acreditar su personería mediante certificación, la cual deberá contener las citas de inscripción de la compañía, número de cédula jurídica, plazo social y el nombre del o de los representantes judiciales y extrajudiciales de la sociedad.

 

2.  Cuando para la prestación del servicio en la transmisión de la señal hasta el usuario final se requiera de frecuencias del espectro radioeléctrico, además de los requisitos aquí establecidos deberá indicar lo siguiente:

 

a.   Banda de frecuencia solicitada.

 

b.  Indicar las coordenadas geográficas del lugar de ubicación de los equipos transmisores.

 

c.   Indicar la potencia solicitada.

 

d.  Sistema de radiación o propagación.

 

e.   Zona de cobertura deseada.

 

f.   Características técnicas del transmisor y lugar en que desea ubicarlo.

 

g.   Tipo de antena que pretende instalar.

 

h.  Clase de polarización de la señal recibida o radiada.

 

i.   Aportar prospectos que contengan las principales características técnicas de los equipos a utilizar, los cuales deberán de ajustarse a las normas técnicas de homologación establecidas.

 

j.   Planos de las zonas de cobertura.

 

k.  Plan de inversiones detallado por etapas y determinado cronológicamente.

 

l.   Indicar el tipo de línea de transmisión utilizada entre el transmisor y la antena.

 

m. Nombre y firma del técnico o ingeniero que se hará responsable de la instalación y mantenimiento del sistema.

 

3.  Declaración jurada que se cuentan con los contratos de la programación a transmitir o comercializar en estricto apego a la normativa que rige la propiedad intelectual.

 

4.  Lugar para oír notificaciones del solicitante o representante legal.

 

5.  Estado civil, dirección exacta del domicilio y número telefónico del solicitante.

 

6.  Firma del solicitante o representante legal autenticada por un notario.

 

7.  Lugar y fecha de la solicitud.

 

8.  Adjuntar fotocopia de todos los documentos.


 

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