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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34765 >> Fecha 22/09/2008 >> Articulo 68
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34765 - Articulo 68
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Artículo 68
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Artículo 68.—De la solicitud del permiso para operar desde la Isla del Coco. La solicitud para usar el prefijo TI9 desde la Isla del Coco puede ser realizado por uno o varios radioaficionados con permiso clase superior, por escrito y con no menos de 30 días naturales con antelación al viaje a la Isla. El permiso será vigente únicamente por el tiempo indicado en la solicitud, la veracidad del arribo y salida será corroborada por las autoridades nacionales destacadas en el lugar.


 

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