Artículo 8º—Los Ministerios de Agricultura y Ganadería, de Salud, de
Trabajo y Seguridad Social y de Ambiente y Energía, dentro de sus competencias,
velarán por el cumplimiento de estas disposiciones
Artículo 8º—Los Ministerios de Agricultura y
Ganadería, de Salud, de Trabajo y Seguridad Social y de Ambiente y Energía,
dentro de sus competencias, velarán por el cumplimiento de estas disposiciones.
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