Nº 34780-RE
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
1º—Que la Asamblea Legislativa mediante Ley Nº 8661 del día
19 de agosto del 2008, publicada en La Gaceta Nº 187 del día 29 de
setiembre del 2008, aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad y su Protocolo.
2º—Que el
depositario de este instrumento jurídico internacional es el Secretario General
de las Naciones Unidas, según el artículo cuarenta y uno de esta convención. Por
tanto,
En uso de las facultades que les confieren el inciso 10) y
12) de los artículos 140 y 146 de la Constitución Política de la República de
Costa Rica.
Decretan:
Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica a
la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su
Protocolo, suscritas por Costa Rica el 30 de marzo del 2007.
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