Artículo 12
Artículo 12.—Los órganos y
entes representados en la Conamaj procurarán hacer las previsiones
presupuestarias necesarias para el funcionamiento de la Comisión, en coordinación con las asignaciones que para tal
sentido fije independientemente la
Corte Suprema de Justicia. Asimismo, podrán destinar recursos y
funcionarios para las actividades de la Comisión.
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