Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34852 >> Fecha 28/10/2008 >> Articulo 9
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 9     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 34852 - Articulo 9
Ir al final de los resultados
Artículo 9
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 9º—El SENASA podrá realizar de manera programada las pruebas para investigaciones en hatos, áreas y eventos públicos en cualquier lugar el país, con el fin de evaluar la situación sanitaria y el avance del programa. En estos casos las pruebas serán gratuitas y de carácter obligatorio, por ser de interés nacional.


 

Ir al inicio de los resultados