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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34852 >> Fecha 28/10/2008 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34852 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18.—Conforme al artículo 98 de la Ley SENASA, se diseñarán mecanismos tendientes a incentivar económicamente a los productores, a fin de que estos participen de las campañas de control y erradicación, por ser esta una situación de alto riesgo sanitario.


 

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