Artículo 16.—Cambios en el
representante y regente. En aquellos casos en que un establecimiento, por
distintas razones, cambie de representante o regentes, o sus calidades tales
como la razón social, el número de cédula jurídica, la dirección de la empresa,
deberá presentar ante el SENASA por escrito los cambios realizados en los
siguientes 10 días hábiles. Para estos efectos se deberá adjuntar a la
solicitud fotocopia de la cédula jurídica y personería jurídica notarial o
registral vigente.
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