Artículo 6º—Plazos
Artículo
6º—Plazos. Las importaciones que se realicen al amparo de las
asignaciones de contingentes de importación a que se refiere este Reglamento
deberán efectuarse en el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de
diciembre del año para el cual corresponde la asignación.
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