Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34926 >> Fecha 27/11/2008 >> Articulo 10
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 10     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 34926 - Articulo 10
Ir al final de los resultados
Artículo 10
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 10

Artículo 10.—Principios de asignación y utilización. COMEX no asignará a ningún solicitante, bajo ninguna circunstancia, un volumen del contingente de importación que exceda al volumen solicitado. De igual forma, ninguna persona física o jurídica que haya sido beneficiada con una asignación podrá importar al amparo del respectivo contingente de importación un volumen mayor al que se le haya efectivamente asignado en el período que corresponda.


 

Ir al inicio de los resultados