SEPARACIÓN DE PATENTES DE
LICORES
La
Municipalidad de Orotina, con fundamento establecido en los numerales 169 y
170, de la Constitución Política, artículos 13, inciso c), 43,
79 y 83 del Código Municipal, así como la Ley de Licores y su reglamento,
aprueba por acuerdo firme, artículo VII, de la sesión ordinaria Nº 205
celebrada por la Corporación Municipal de Orotina, el día 9 de
octubre del 2008, el Reglamento para la Separación de Patentes de Licores que se regirá por las siguientes
disposiciones:
Artículo1º—Requisitos para
el trámite de separación de patente. La solicitud para la separación de una
patente de licores deberá contener:
1. Solicitud por escrito
y dirigida a ………………., con indicación del nombre y de las calidades completas
del solicitante, debidamente firmada y autenticada por abogado, con indicación
expresa del número de la patente, de cual de las patentes desea se mantenga
activa, nombre del negocio y dirección del local.
2. Si se tratare de
personas físicas, copia de la cédula de identidad o de residencia, o del
pasaporte.
3. Si se tratare de
personas jurídicas, copia de la cédula jurídica y de la personería jurídica del
representante.
4. Copia de la patente de
licores.
5. Copia del Permiso
Sanitario de Funcionamiento vigente.
6. Nombre del negocio,
dirección y actividad comercial.
7. Comprobante de estar
al día en el pago de las patentes de licores al día (artículo 36 de la Ley de Licores y 10 del
reglamento).
8. Comprobante de estar
al día del pago del impuesto de la cerveza (artículo 36 de la Ley de Licores).
9. Comprobante de estar
al día en el pago de impuestos municipales, tanto el dueño de la propiedad
donde se ubica la patente y del patentado o solicitante.
10. Debe indicar
lugar o medio para recibir notificaciones.
11. En todos
aquellos requisitos que se solicite copia se debe aportar el original para
constatar el mismo o en su defecto debe presentar una copia certificada.