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 Normativa >> Reglamento municipal 46 - 2 >> Fecha 17/11/2008 >> Articulo 22
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Normativa - Reglamento municipal 46 - 2 - Articulo 22
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Artículo 22    (No vigente*)
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Artículo 22.—Los documentos de respaldo de operaciones de caja chica así como los arqueos sorpresivos que se hayan practicado, deberán mantenerse en el Departamento de Tesorería por al menos un año y a disposición de la Auditoria Interna para posibles revisiones, sin detrimento de las regulaciones establecidas en le Ley y el Reglamento General de Archivo y las directrices que sobre esta materia hayan girado otros órganos de fiscalización y control.


 

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