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 Normativa >> Reglamento municipal 46 - 2 >> Fecha 17/11/2008 >> Articulo 28
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Normativa - Reglamento municipal 46 - 2 - Articulo 28
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Artículo 28    (No vigente*)
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CAPÍTULO V

De los arqueos de caja chica

Artículo 28.—Periódicamente y sin previo aviso el Auditor, a través del Contador Municipal procederá a realizar arqueos en forma sorpresiva al fondo de fijo de caja chica, con el propósito de verificar, supervisar y controlar la aplicación de las normas y principios de auditoria vigentes y de las sanas prácticas de administración.


 

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