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 Normativa >> Ley 8696 >> Fecha 17/12/2008 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 8696 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3

ARTÍCULO 3.- Derogaciones

Deróganse los artículos 136 y 249 de la Ley de tránsito por vías públicas terrestres, Nº 7331, de 13 de abril de 1993, y sus reformas. Una vez operada la modificación parcial dispuesta por la presente Ley, a dichos artículos derogados les corresponden correctamente los números 137 y 264.

 

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