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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34976 >> Fecha 21/07/2008 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34976 - Articulo 19
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Artículo 19
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SECCIÓN TERCERA

Instalaciones, equipos e identificación del personal

Artículo 19.—Las instalaciones y equipos en las subastas, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a.   Los corrales deberán brindar seguridad a todos los usuarios, trabajadores de la subasta y animales.

b.  El desembarcadero deberá ser apropiado, cómodo y seguro, tener rampa a la altura del camión, con bordes redondeados, tornillos ajustados, sin salientes ni con objetos punzo-cortantes que lesionen los animales. Los pisos deben ser antideslizantes, sin obstáculos, grietas ni orificios.

c.   Todos los corrales deberán tener acceso seguro para que los ganaderos puedan observar los lotes de cerca, previo a su remate, si así lo desean.

d.  Las instalaciones deberán tener un cepo de contención seguro con capacidad suficiente para cada animal, sin objetos punzo-cortantes que lesionen los animales. Los pisos deben ser antideslizantes, sin obstáculos, grietas ni orificios.

e.   Todas las instalaciones deben contar con adecuada iluminación y ventilación, principalmente la mesa de exhibición, la báscula y la gradería de subasta.

f.   Las áreas de básculas, gradería y mesa de exhibición deberán ser techadas.

g.  Las básculas deberán exhibir los pesos por medio de pantalla electrónica (luminosa), proporcionando en forma visible para el público, el peso en pie del animal. Esta información deberá ser visible en el momento de la pesa.

h.  Las instalaciones deberán contar con áreas de parqueo, amplias y seguras permitiendo el manejo de los camiones y evitando posibles accidentes. Es terminantemente prohibido lavar los camiones y botar desechos en los predios de la subasta.

i.   Deberá existir un servicio eficiente de manejo de caja para la recepción y pago de las transacciones comerciales.

j.   La mesa de exhibición deberá brindar seguridad de contención, así como buena visibilidad.

k.  Los corrales, pisos e instalaciones destinados a los animales, deben estar en condición de cumplir con el diseño descrito en los incisos anteriores y con ello salvaguardar el bienestar de los animales, la seguridad del personal y un eficaz control sanitario que evite la difusión de enfermedades transmisibles.

l.   El estiércol que se saque del recinto de la subasta deberá ser sometido previamente a un proceso de tratamiento.

m.   El personal de la subasta deberá estar debidamente identificado, y contar con formación para el manejo de los animales.

n.  Contar con una oficina para la ubicación del Médico Veterinario Regente de Subasta, con sus respectivas facilidades para el desarrollo adecuado de sus funciones, como lo son escritorio, silla, archivero, servicio sanitario, botiquín, etc. Dicha oficina deberá contar con la seguridad necesaria que garantice la integridad de toda la documentación e información sanitaria.

ñ.  Deberá contar con un corral de aislamiento, a cargo del Médico Veterinario Regente de Subasta.


 

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