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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34976 >> Fecha 21/07/2008 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34976 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8º—Toda subasta estará en la obligación de instalar carteles y rótulos legibles y bien claros, a la vista pública, conteniendo el presente Reglamento, así como las listas de precios promedios por categorías alcanzados en las cuatro subastas anteriores a la fecha de celebración.


 

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