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 Normativa >> Reglamento municipal 300 >> Fecha 21/01/2008 >> Articulo 38
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Normativa - Reglamento municipal 300 - Articulo 38
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Artículo 38    (No vigente*)
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Artículo 38

Artículo 38.—Los servicios preventivos corresponden a la asesoría, advertencia y autorización de libros, así como el seguimiento sobre estas labores.


 

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