Artículo
7º—Las funciones del Comité Central de Farmacoterapia son las siguientes:
a. Evaluación y selección de medicamentos esenciales para
conformar la Lista Oficial de
Medicamentos con el objetivo de resolver las causas de enfermedad y mortalidad
que afectan a nuestra población.
b. Presentar la propuesta de la Lista Oficial de Medicamentos de la Caja Costarricense de Seguro Social, su normativa y las modificaciones a través de la Gerencia Médica a la Junta Directiva para
su aprobación.
c. Elaboración de directrices terapéuticas normalizadas,
que son instrumentos que han demostrado su utilidad para fomentar el uso
racional de medicamentos.
d. Asesoría al personal médico, de enfermería, de farmacia y de
administración. Puede asesorar sobre todas las cuestiones, políticas y
directrices relativas a la selección, distribución, dispensación,
administración y utilización de los medicamentos.
e. Elaborar, revisar periódicamente y actualizar las
normas de prescripción, dispensación y administración de los medicamentos en la Institución.
f. Establecer los criterios en los que se basa la Institución para la obtención de fármacos no incluidos en la Lista Oficial de Medicamentos de la Caja Costarricense de Seguro Social.
g. Aprobación o denegación de la compra inicial y utilización de
medicamentos no incluidos en la LOM, que han sido solicitados por
las unidades médicas de acuerdo con el criterio técnico y respetando en todos
los casos el derecho a la salud de los pacientes.
h. Verificar que los medicamentos autorizados en la Caja Costarricense de Seguro Social, cumplan con los parámetros oficiales establecidos a
nivel nacional e internacional por las entidades calificadas para tal efecto.
i. Análisis, validación y aprobación de protocolos de
tratamiento farmacológicos elaborados por las diferentes unidades de la Institución.
j. Identificación de los problemas relacionados al uso
racional de medicamentos.
k. Promover la participación en actividades que garanticen la
calidad de la prescripción, la distribución, la dispensación y la
administración de los medicamentos en la Institución.
l. Promoción y fortalecimiento de los programas de
farmacovigilancia: notificación voluntaria de sospecha de reacciones adversas a
medicamentos, notificación voluntaria de sospecha de falla terapéutica a los
medicamentos, en concordancia con las disposiciones institucionales y del
Ministerio de Salud.
m. Evaluación del uso de medicamentos para detectar problemas y la
utilización de los resultados como insumo en el desarrollo de otras funciones
asignadas al Comité Central y además, para la realización de cambios oportunos
en la
Lista Oficial de Medicamentos.
n. Fomentar y participar activamente en actividades de educación
médica continúa en uso racional de los medicamentos dirigida a funcionarios y
equipos de trabajo de la Institución.
o. Establecer medidas eficaces destinadas a mejorar el uso de
medicamentos, proporcionando información farmacológica al personal de salud y
de poner en práctica medidas para impulsar un uso más racional de los
medicamentos.
p. Gestión de errores de medicación. En todos los ámbitos de la
atención de salud se producen errores de medicación, con independencia de la
profesionalidad del personal de atención de salud en la prescripción,
dispensación y administración de medicamentos. El Comité Central de
Farmacoterapia puede reducir estos errores mediante su seguimiento, análisis,
notificación y mediante la emisión de normas o directrices para la aplicación
de medidas correctoras.
q. Asesorar en todas las actividades relacionadas con la
promoción del uso racional de medicamentos en la Institución.
r. Apoyar un programa de divulgación e información sobre
medicamentos y farmacoterapéutica en la Institución por medio de boletines, circulares, página web.
s. Proponer ante la Gerencia Médica para su aprobación, cambios parciales o totales al presente
Reglamento, con la finalidad de mantenerlo actualizado.
t. Realizar los estudios requeridos, aprobar, revocar o
actualizar los procedimientos para los diferentes tipos de trámites que realiza
el Comité Central de Farmacoterapia.
u. Difusión de información y transparencia. Se debe difundir
información acerca de las actividades, decisiones y recomendaciones al personal
encargado de poner en práctica las decisiones del Comité. También es muy
importante que el Comité Central de Farmacoterapia actúe en forma que garantice
la transparencia de todas sus decisiones y evite los conflictos de intereses.