Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 209 >> Fecha 02/01/2009 >> Articulo 36
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 36     >>
Normativa - Reglamento municipal 209 - Articulo 36
Ir al final de los resultados
Artículo 36    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 36

Artículo 36.—El Área Técnica estará conformada por los subprocesos de Recreación,

Desarrollo Competitivo, Medicina del Deporte, Capacitación y otros programas deportivos. Por su parte el Área Administrativa Financiera estará conformada por los procesos de administración y financiera contable. La cual estará a cargo de un Director Administrativo


 

Ir al inicio de los resultados