Empleo de Papeletas Separadas para la Elección Nacional, Provincial y
Local
Empleo de Papeletas
Separadas para la
Elección Nacional, Provincial y Local
Artículo 104.- La votación se
hará mediante el uso de tres papeletas separadas: una municipal, para elegir
Regidores y Síndicos; otra provincial, para elegir Diputados a la Asamblea Legislativa
o a una Constituyente; y la otra nacional, para elegir Presidente y
Vicepresidentes de la
República. El Registro Civil, al imprimir las papeletas,
ordenará hacer la respectiva separación.
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