Forma de Plantear las Demandas de Nulidad
Forma de Plantear
las Demandas de Nulidad
Artículo 144.- Toda demanda de
nulidad debe plantearse por escrito ante el Tribunal Supremo de Elecciones,
dentro del término de tres días contados a partir de aquél en que le hubiere sido
entregada la documentación que ha de escrutar.
En toda demanda debe
puntualizarse el vicio que se reclama, el texto legal que sirve de fundamento
al reclamo, y debe acompañarse la prueba documental del caso o indicarse
concretamente el organismo u oficina en donde se encuentra, o, en su caso,
expresar el motivo racionalmente insuperable que excuse esta omisión.
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