Qué comprende la Inscripción de un Partido en Escala Nacional
Qué comprende la Inscripción de un
Partido en Escala Nacional
Artículo 66.- El partido inscrito
en escala nacional se entenderá que lo está en escala provincial en cada una de
las provincias, y en escala cantonal en cada uno de los cantones del país; el que
solamente estuviere inscrito en escala provincial se entenderá que lo está en
escala cantonal en cada uno de los cantones de la respectiva provincia.
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