Diversos Sistemas que se Emplean en la Elección y Adjudicación de Plazas
Diversos Sistemas que se Emplean en la Elección y Adjudicación de Plazas
Artículo
134.- La elección de
Presidente y Vicepresidentes de la
República se efectuará por el sistema de mayoría establecido
en el aparte primero del artículo 138 de la Constitución Política.
La
elección de los alcaldes y los síndicos municipales, se efectuará por mayoría
relativa de cada cantón y distrito respectivamente.
La de diputados a la Asamblea Legislativa
o a una Constituyente, los regidores y miembros de los Consejos de Distrito,
por el sistema de cociente y subcociente.
(Así reformado por el artículo 184 (actual 197) de Código Municipal N° 7794
del 30 de abril de 1998. El artículo afectante anteriormente era el 175 pero,
por la adición efectuada por el numeral único de la ley N° 7812 del 8 de julio
de 1998, paso a ser el 184 (actual 197))
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