Obligación del Registro Civil de Preparar cada Padrón-Registro
Obligación del
Registro Civil de Preparar cada Padrón-Registro
Artículo 30.- Al imprimirse las
papeletas se ordenará la preparación del material impreso que habrá de llevar
cada Padrón-Registro. Corresponde al Director del Registro Civil velar por que el
Padrón-Registro esté totalmente preparado para cada Junta en su oportunidad.
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