Artículo 4º—Funciones del MRREE
Artículo
4º—Funciones del MRREE. Le corresponde al MRREE la rectoría externa
en materia de Cooperación Internacional, teniendo la competencia exclusiva en
la negociación diplomática y formalización de esta., Asimismo, establece la
congruencia de los proyectos y programas de Cooperación Internacional con la
política exterior del país. Sus funciones en materia de Cooperación
Internacional son:
(Así
reformado el párrafo anterior por el artículo 1 del decreto ejecutivo N°
35777 del 8 de enero del 2010)
a) Identificar las Fuentes de Cooperación Internacional para el
país, mediante las misiones diplomáticas de Costa Rica acreditadas ante
gobiernos extranjeros u organismos internacionales, u otros medios idóneos.
b) Comunicar la información sobre ofertas de Cooperación
Internacional, así como otras acciones relacionadas a MIDEPLAN.
c) Negociar la
Cooperación Internacional con
gobiernos y organismos internacionales, de lo cual informará y participará a
MIDEPLAN.
d) Canalizar las solicitudes de Cooperación Internacional de
instituciones costarricenses, debidamente aprobadas por MIDEPLAN, hacia
gobiernos y organismos internacionales.
e) Presidir las Reuniones Binacionales y Comisiones Mixtas que
deban realizarse, con participación de cooperantes internacionales.
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