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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35056 >> Fecha 12/11/2008 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35056 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Funciones del MRREE

Artículo 4º—Funciones del MRREE. Le corresponde al MRREE la rectoría externa en materia de Cooperación Internacional, teniendo la competencia exclusiva en la negociación diplomática y formalización de esta., Asimismo, establece la congruencia de los proyectos y programas de Cooperación Internacional con la política exterior del país. Sus funciones en materia de Cooperación Internacional son:

(Así reformado el párrafo anterior por el artículo 1 del decreto ejecutivo N° 35777 del 8 de enero del 2010)

a)  Identificar las Fuentes de Cooperación Internacional para el país, mediante las misiones diplomáticas de Costa Rica acreditadas ante gobiernos extranjeros u organismos internacionales, u otros medios idóneos.

b)  Comunicar la información sobre ofertas de Cooperación Internacional, así como otras acciones relacionadas a MIDEPLAN.

c)  Negociar la Cooperación Internacional con gobiernos y organismos internacionales, de lo cual informará y participará a MIDEPLAN.

d)  Canalizar las solicitudes de Cooperación Internacional de instituciones costarricenses, debidamente aprobadas por MIDEPLAN, hacia gobiernos y organismos internacionales.

e)  Presidir las Reuniones Binacionales y Comisiones Mixtas que deban realizarse, con participación de cooperantes internacionales.


 

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