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 Normativa >> Reglamento municipal 2166 >> Fecha 01/10/2008 >> Articulo 15
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Normativa - Reglamento municipal 2166 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15.—Aplicación irrestricta de este Reglamento. Los procedimientos para cobrar el impuesto de patentes, fijados en este Reglamento, no excluyen las actividades sujetas a licencia que, por características especiales sean objeto de gravámenes impositivos creados por leyes de alcance nacional.


 

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